La Unión Europea hace preceptiva la implantación de sistemas continuos de autocontrol basados en el APPCC y lo exige de forma general mediante los Reglamentos Comunitarios del denominado “Paquete higiene”, Reglamento CE/852/2004, sobre higiene de los productos alimentarios, exige la implantación del Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico a todas aquellas industrias del sector alimenticio, ya sea públicas o privadas, que lleven a cabo cualquiera de las operaciones siguientes: Preparación, transformación, fabricación, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación y venta o suministro de productos alimenticios; para su completa implantación es obligatorio formar a todos los trabajadores en higiene alimentaria.